Boletín Extranjería Nº 51

Para los profesionales que gestionan expedientes de extranjería se les informa de las siguientes novedades:

Por una parte, que la SEM ha publicado la Instrucción Nº 3, que complementa al Reglamento de Extranjería, relativa a:   LAS AUTORIZACIONES DE ESTANCIA DE LARGA DURACIÓN POR ESTUDIOS, MOVILIDAD DE ALUMNOS, SERVICIOS DE VOLUNTARIADO O ACTIVIDADES FORMATIVAS PREVISTAS EN EL REGLAMENTO DE EXTRANJERÍA, APROBADO POR EL REAL DECRETO 1155/2024, DE 19 DE NOVIEMBRE.

cuyo texto pueden consultar aquí:

Documento

Y por ptra parte, se ha publicado una Nota informativa sobre la procedencia de asignación de NUSS y Alta en Seguridad Social, en aplicación de la Disposición Transitoria Segunda del RD 1155/2024, de 19 de Noviembre.

ALTA EN SEGURIDAD SOCIAL
EN APLICACIÓN DE LA DISPOSICIÓN TRANSITORIA SEGUNDA DEL REAL DECRETO 1155/2024, DE 19 DE NOVIEMBRE

Desde esta Dirección General de Gestión Migratoria, se comunica la procedencia de asignar un número de la Seguridad Social (NUSS) y, en su caso, tramitar el alta en el Régimen de la Seguridad Social que corresponda a las personas extranjeras que, en virtud de la Disposición transitoria segunda del Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, soliciten la aplicación del régimen jurídico recogido en este y que, como consecuencia, conlleve la autorización para trabajar, aunque se trate de autorizaciones de estancia o residencia inicialmente solicitadas conforme al reglamento anterior vigente hasta el 19 de mayo de 2025 que no incorporasen este derecho.

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