Curso de Formación dedicado a Seminario de Jubilación

12 y 14.03.2024 Jornadas de formación dedicadas a Seminario de Jubilación. Contamos con la presencia de D. Julio Alonso Cabrero, Graduado Social por la Universidad de Valencia. Perteneciente al Cuerpo de Gestión de la Seguridad Social Gestor-Jefe de prestaciones en el CAIAA “Russafa” de Valencia, acompañado del Vicesecretario y Responsable de Formación D. Fº Javier Serrano Trigo.

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Boletín Extranjería Nº 26

Se les informa a los colegiados que gestionan expedientes de extranjería que el Boletín Oficial del Estado (BOE) de 4 de marzo de 2024 publica la Sentencia del Tribunal Supremo por la que se declara nulo el artículo 162-2.º-e) del Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, relativo a la «Extinción de la autorización de residencia temporal» que establecía lo siguiente

«e) Cuando se permanezca fuera de España durante más de seis meses en un periodo de un año»

Por su parte, la Sentencia de 5 de junio de 2023, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, estima el recurso de casación número 1843/2022 contra la resolución de la Subdelegación del Gobierno en Girona, de 18 de noviembre de 2019, por la que se acordó la extinción en su vigencia de la autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena 2.ª renovación.

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Boletín Extranjería Nº 25

Los colegiados que realizan trámites relativos a nacionales de Ucrania acogidos a Protección Temporal deben tener en cuenta para su servicio de asesoramiento que el Boletín Oficial del Estado (BOE) de 27 de febrero de 2024 publica la Orden INT/169/2024, de 26 de febrero, por la que se prorroga la validez de las tarjetas de identidad de extranjero expedidas a las personas afectadas por el conflicto en Ucrania beneficiarias de protección temporal, prorrogado hasta el 4 de marzo de 2025, de la que destacamos las siguientes cuestiones relevantes:

El 4 de marzo de 2022, el Consejo adoptó la Decisión de Ejecución (UE) 2022/382, por la que se constata la existencia de una afluencia masiva de personas desplazadas procedentes de Ucrania en el sentido del artículo 5 de la Directiva 2001/55/CE del Consejo, de 20 de julio de 2001, y con el efecto de que se inicie la protección temporal. De conformidad con la Directiva, la protección temporal se aplicó durante un período inicial de un año, hasta el 4 de marzo de 2023, y con posterioridad se prorrogó automáticamente por un año más, hasta el 4 de marzo de 2024.

Teniendo en cuenta que persisten los motivos que dieron origen a su concesión, la protección temporal ha sido prorrogada hasta el 4 de marzo de 2025, mediante la Decisión de Ejecución (UE) 2023/2409 del Consejo, de 19 de octubre de 2023, por la que se prorroga la protección temporal introducida por la Decisión de Ejecución (UE) 2022/382.

(…)

Por razones de eficacia y eficiencia, en lugar de proceder a la expedición de nuevas Tarjetas de Identidad de Extranjero para esa gran mayoría de personas beneficiarias de protección temporal en España cuya tarjeta pierde validez el 4 de marzo de 2024, en aplicación de la Decisión de Ejecución (UE) 2023/2409 del Consejo, de 19 de octubre, se prorroga directa y automáticamente, hasta el 4 de marzo de 2025, la validez de las tarjetas ya expedidas. Por tanto, no será necesario obtener una nueva Tarjeta de Identidad de Extranjero para cumplir con las obligaciones dispuestas en el artículo 210 del Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por Ley Orgánica 2/2009, aprobado por el Real Decreto 557/2011, de 20 de abril.

(…)

Artículo único.?Prórroga de la validez de las Tarjetas de Identidad de Extranjero expedidas a las personas afectadas por el conflicto en Ucrania beneficiarias de protección temporal.

1.?Se prorroga hasta el 4 de marzo de 2025 la validez de las Tarjetas de Identidad de Extranjero expedidas a las personas afectadas por el conflicto en Ucrania beneficiarias de protección temporal en España.

2.?No será necesaria la obtención de una nueva Tarjeta de Identidad de Extranjero a efectos de cumplir con las obligaciones dispuestas en el artículo 210 del Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por la Ley Orgánica 2/2009, aprobado por el Real Decreto 557/2011, de 20 de abril.

3.?Lo acordado en esta orden se comunicará a las Instituciones de la Unión Europea con el fin de que dicha prórroga sea conocida por los demás Estados miembros.

Disposición final única.?Efectos.

Esta orden surtirá efectos desde su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

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Boletín Extranjería Nº 24

Se les informa a los profesionales que realizan trámites de extranjería que la Secretaría de Estado de Migraciones acaba de publicar una importante Instrucción de inmediata aplicación en relación con los expedientes presentados con el solicitante se encuentra en territorio español.

Tener en cuenta su contenido, que es muy variado, ya que las Oficinas lo están aplicando para inadmitir expedientes.

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Curso de Formación sobre Novedades en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones

21.02.2024 Jornada de formación sobre las Novedades Fiscales en la Comunidad Valenciana para los ejercicios 2023 y 2024. Contamos con la presencia de Dª Sonia Díaz Español, Directora de la Agencia Tributaria Valenciana, acompañada de la Presidenta del Colegio de Gestores Administrativos de Alicante Dª Mª Teresa Vila Esteve.

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Curso de Formación sobre las Matriculaciones de Ficha Técnica TIPO A

07.02.2024 Jornada de formación sobre la matriculación de vehículo con ficha técnica tipo A por los gestores administrativos, requisitos del trámite y documentaciones extranjeras. así como las posibles responsabilidades derivadas de la matriculación telemática de los vehículos fichas tipo A. Jefe Provincial de la Jefatura de Tráfico de Alicante D. Antonio Jesús Fornes Mendez, acompañado de la Presidenta del Colegio de Gestores Administrativos de Alicante Dª Mª Teresa Vila Esteve.

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Boletín Extranjería Nº 23

Para los profesionales que llevan expedientes de extranjería es muy importante tener en cuenta la Instrucción de CNP sobre la prórroga de las TIE.

Como consecuencia de la prórroga del procedimiento de protección ampliado por un año hasta el 4 de marzo de 2025, la situación administrativa de los beneficiarios se amplía hasta esta nueva fecha, y por extensión las TIE confeccionadas.
Atención con los supuestos en los que pueden encontrarse los nacionales de Ucrania y los pasos a seguir.

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Boletín Extranjería Nº 22

El pasado 18 de diciembre de 2023 la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Supremo, Sección Quinta, dictó una relevante sentencia relativa a la interpretación del cumplimiento de los requisitos económicos en los procedimientos de solicitud de TIE de familiar de ciudadano de la Unión. Al respecto, entre otras cuestiones, el TS se reafirma en la siguiente doctrina:

 […]»Pues bien, de lo expresado, debemos deducir que lo esencial es —para el caso de que no se cumplan las condiciones para la reagrupación previstas en los artículos 7 de la Directiva y el RD240— acreditar la relación de dependencia efectiva entre el nacional español y el nacional de tercer país que pretende reagruparse con el primero; y ello, con la finalidad, a la vista de la doctrina establecida, de poder comprobar si, como consecuencia de tal relación de dependencia —de la intensidad de la relación de dependencia—, el nacional español estaría obligado a abandonar el territorio europeo en su conjunto. Con tal finalidad: 

a) El solicitante de la Tarjeta de Residencia de Familiar de Ciudadano de la Unión Europea debe formular solicitud pudiendo proceder, libremente, a la aportación de la documentación oportuna necesaria con la finalidad de acreditar la situación económica de ambos cónyuges, y la posible situación de dependencia derivada de la anterior.

 b) De forma expresa debe señalarse que tal aportación documental de finalidad probatoria puede ser llevada a cabo por cualquiera de los dos cónyuges.

c) Se impone a la Administración la prohibición del rechazo automático, o de plano, de la solicitud formulada, como consecuencia de la falta de acreditación ab initio de los medios económicos de la pareja. d) Se impone, como necesaria e imprescindible, la exigencia de ponderación —que es la expresión que reitera, en varias ocasiones, el Tribunal Constitucional en su FJ 4.b— de todas las circunstancias —no sólo económicas, sino también de las circunstancias personales y de otra índole—, de ambos cónyuges, pues todas ellas, en su conjunto, determinarían la concurrencia de la situación de dependencia prevista en el apartado 39 de la STJUE, tomado en consideración, en concreto, el derecho a la vida familiar y el principio de proporcionalidad»[…]

Teniendo en cuenta las diferentes interpretaciones que dan a este aspecto las OEX de cada provincia resulta muy importante tener en cuenta los fundamentos de esta sentencia para fundamentar los recursos en caso de denegación.

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Firma «Protocolo de actuación entre la Jefatura Provincial de Tráfico de Alicante y el Colegio de Gestores Administrativos de Alicante para la presentación de los expedientes de canjes de forma centralizada»

Hoy miércoles, 23 de enero de 2024, se firmó el «Protocolo de actuación entre la Jefatura Provincial de Tráfico de Alicante y el Colegio de Gestores Administrativos de Alicante para la presentación de los expedientes de canjes de forma centralizada», que permite facilitar la tramitación en la JPTA/OLTEL de los Canjes solicitados por los gestores en nombre de sus clientes.

Con objeto de hacer frente al problema y facilitar la obtención de permisos de conducción por medio de solicitudes de canjes.

Antonio Jesús Fornes MéndezJefe Provincial de Tráfico
María Teresa VilaPresidenta del Colegio de Gestores

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Curso de Formación Visado de Autorizaciones de Transportes 2024

12.01.2024 Jornada de formación sobre el Visado de Autorizaciones de Transportes 2024, tuvo como objetivo las comprobaciones y documentos a presentar para poder llevar a cabo correctamente el visado según el tipo. Jefe Territorial de Transportes de Alicante D. Alberto Alonso Vidales.

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