Boletín Extranjería Nº 27

Teniendo en cuenta la consulta realizada a la OEX de Alicante por el colectivo profesional de Abogados del ICALI y dada la importancia práctica que reviste para todos los colectivos profesionales que como los Gestores presentan expedientes se os transmite lo siguiente:

En expedientes que, si bien inicialmente son presentados por los  profesionales en nombre del interesado, su representación  termina en el momento de la resolución  y a pesar de ello la notificación se realiza por parte de la OEX al profesional que presentó el expediente con el riesgo de no localizar al solicitante y no poder dar cumplimiento al requerimiento en tiempo y forma con las consecuencias que se derivan.

Desde el ICALI se le trasladó a la OEX que no se pueden  asumir las notificaciones ulteriores al cierre del procedimiento  con la propuesta de que notifique la misma al interesado para de esta manera evitar perjuicios.  

 Así la respuesta de la OEX de Alicante es la siguiente:

«… Estamos de acuerdo con  la  apreciación respecto del final del mandato con la resolución y, así se procederá en adelante.
El procedimiento será notificar al interesado y , cuando no sea posible, publicar en el TEU.
Transmite nuestras disculpas a los colegiados afectados..

Si tuvierais algún asunto sobre lo mencionado sin que hayáis podido dar respuesta por falta de localización del cliente, por favor remitir los datos al correo de incidencias de la OEX.

En lo sucesivo, tener en cuenta que debéis consignar todos los datos de contacto del cliente de forma clara y no únicamente los vuestros a efectos de notificaciones.

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